A- de 2021
Ponente Alejandro Linares Cantillo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
- Acción de nulidad y restablecimiento del derecho de un acto administrativo propio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Sala Quinta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia y el Juzgado 23 Laboral del Circuito de Medellín.
La controversia entre los despachos judiciales involucrados se generó en torno a la acción de nulidad y restablecimiento del derecho que inició Colpensiones con la pretensión de que se declare la nulidad de un acto administrativo propio mediante el cual reconoció y pagó una sustitución pensional.
Luego de constatar que se cumplen los tres presupuestos requeridos para la configuración de un conflicto de jurisdicciones (subjetivo, objetivo y normativo, la Corte reiteró lo establecido en el Auto 316/21 en el sentido de indicar que es la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo es la que tiene la competencia exclusiva para conocer de las acciones de lesividad, incluyendo los casos en que se demandan actos que versan sobre asuntos laborales o de la seguridad social.
Con base en lo anterior se ordena remitir el expediente a la Sala Quinta de Decisión del Tribunal Administrativo de Antioquia, para que dé trámite al proceso y comunique la presente decisión a los interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala Quinta de Decision del Tribunal Administrativo de Antioquia y el Juzgado 23 Laboral del Circuito de Medellin, y DECLARAR que la Sala Quinta de Decision del Tribunal Administrativo de Antioquia, es la autoridad competente para conocer la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho promovida por Colpensiones.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-838 a la Sala Quinta de Decision del Tribunal Administrativo de Antioquia, para que de tramite al proceso y comunique la presente decision a los interesados, incluyendo al Juzgado 23 Laboral del Circuito de Medellin.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.